Los platos preparados no deben contener conservantes y su vida útil no debe superar un año. La norma nacional para platos preparados está en consulta pública hoy.

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El Comité Nacional de Salud y Bienestar publicó hoy la “Norma Nacional de Seguridad Alimentaria para Platos Preelaborados” (borrador de consulta pública) (en adelante, la “norma”), y ha abierto un proceso de consulta pública para recibir opiniones de la sociedad. Los principales contenidos de la consulta son los siguientes:

Primero, definir razonablemente la definición y el alcance de gestión de los platos preelaborados. Basándose en la filosofía del análisis de riesgos de seguridad alimentaria, y en la interpretación de las políticas relacionadas con los platos preelaborados en la “Notificación” de seis departamentos, la norma detalla y aclara aún más el concepto de platos preelaborados, estableciendo que no incluyen: alimentos de cereales, alimentos de verduras limpias, alimentos listos para comer y platos preparados en cocinas centrales. Estos alimentos están regulados por otras normas nacionales de seguridad alimentaria correspondientes.

Segundo, destacar y fortalecer la gestión de contaminantes y aditivos alimentarios. La norma establece requisitos de control para factores de riesgo clave en productos de platos preelaborados, como plomo, cromo, benzo[a]pireno y microorganismos patógenos. Además, refuerza la gestión del uso de aditivos alimentarios, estableciendo principios para su uso, exigiendo que, además de no utilizar conservantes, se reduzca al máximo el uso de aditivos alimentarios, controlando estrictamente las variedades de aditivos permitidos y evitando su uso innecesario.

Tercero, enfatizar la conservación de la calidad nutricional. La norma requiere que el proceso de cocción evite el sobrecocinado, utilizando tecnologías o equipos avanzados para preservar al máximo los nutrientes de los ingredientes, reducir la pérdida de componentes nutricionales y fomentar el control de la cantidad de aceite, sal y azúcar en el proceso de fabricación. Al mismo tiempo, exige que las empresas productoras establezcan de manera razonable el período de conservación considerando factores como la seguridad alimentaria y la calidad nutricional.

Cuarto, establecer disposiciones relacionadas con las recomendaciones de consumo. Para garantizar el consumo correcto por parte de los consumidores, la norma requiere que se indiquen claramente las formas de consumo de los productos preprocesados cocidos y no cocidos o parcialmente cocidos, para prevenir enfermedades transmitidas por alimentos causadas por una cocción insuficiente, o que el sobrecalentamiento afecte la calidad nutricional y la textura del producto. (CCTV)

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