Fuente: Exame
Título original: Nueva declaración de cripto no cambia la tributación, pero aumenta el riesgo de multas
Enlace original:
Nuevas reglas entrarán en vigor el próximo año para quienes negocian criptomonedas. El pasado viernes, 14, la Receita Federal do Brasil (RFB) publicó una instrucción normativa (IN) que crea la Declaración de Criptoactivos (DeCripto) y modifica las reglas tanto para personas físicas como jurídicas. Hoy, quien compra o vende criptoactivos necesita hacer una declaración mensual a la Receita Federal si las operaciones superan R$ 30 mil en ese período. A partir de julio de 2026, este valor mínimo aumentará a R$ 35 mil.
La norma también clasifica a las corredoras de criptomonedas y otras empresas del sector como Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). Este es un cambio que entra en vigor más temprano, a partir del 1 de enero. Con la nueva clasificación, las empresas tendrán que implementar procedimientos de prevención de lavado de dinero e identificación de clientes.
Esta estandarización, a su vez, actualiza y sustituye las reglas de 2019, vigentes desde entonces, adoptando el estándar internacional de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), posibilitando el intercambio automático de información entre países.
Tributación
Según Ana Carolina Carpinetti, socia del área tributaria de Pinheiro Neto Advogados, la IN es una estandarización de cómo las instituciones deben recopilar, verificar y enviar información a la Hacienda, incluyendo controles típicos de compliance financiero.
Ella explica que, actualmente, las operaciones con cripto están sujetas únicamente a la declaración obligatoria a la Receita Federal y al pago de IR sobre ganancias de capital superiores a R$ 35 mil mensuales.
“No hay incidencia de IOF, lo que ha abierto espacio para el uso de activos digitales como alternativa a las transferencias tradicionales, sobre todo en pagos internacionales”, dice.
Mientras tanto, el gobierno brasileño está estudiando crear reglas para la cobranza de IOF sobre operaciones con criptoactivos, especialmente stablecoins, después de que el Banco Central indicara, este mes, que parte de estas transacciones podría clasificarse como operación de cambio.
“Desde el punto de vista de tasas y bases de cálculo, nada cambia. La instrucción normativa [de Decripto] no reduce ni eleva impuestos. En la práctica, la fiscalización se vuelve más efectiva. Con más datos, la Receita puede cruzar información con la Declaración de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (DIRPF) y esto puede generar más cuestionamientos y sanciones”, dice Lisa Worcman, socia del despacho Mattos Filho.
“Sin duda, el hecho de dar visibilidad a operaciones fuera del país y que no eran visibles en Brasil y viceversa, contribuyó a una declaración de ingresos mucho más completa. Reduce el riesgo de omisiones”, complementa.
Personas físicas
A partir del 1 de julio de 2026, las personas físicas tendrán que declarar las transacciones en DeCripto a través de e-CAC. Será el caso de operaciones con cripto realizadas a través de un proveedor de servicios de criptoactivo residente en el extranjero; realizadas a través de una plataforma descentralizada; o realizadas sin ninguna participación de un proveedor de servicios de cripto.
El mínimo a declarar, de R$ 35 mil, se aplica a operaciones aisladas o realizadas conjuntamente. La instrucción normativa también define un conjunto de operaciones que deben ser reportadas, abarcando desde la compra y venta de criptoactivos hasta permutas entre monedas digitales.
También entran airdrops, rendimientos de staking, de minería, préstamos, recepción de cripto como pago por bienes o servicios, transferencias a billeteras propias, pérdidas involuntarias como errores o estafas, además de swaps en DEX, farming, yield y operaciones que involucran distribución primaria, resGate o tokens referenciados en activos.
“Es decir, prácticamente todo lo que ocurre en DeFi o fuera de exchanges locales ahora entra en el radar de la Receita”, explica Gislene Cabral, jefa de Cumplimiento y Riesgos de NovaDAX. Ella también agrega que la definición de “actuar en Brasil” es amplia y debe atraer a varias plataformas extranjeras dentro de la obligación.
Personas jurídicas
Además de la obligación de la PF de presentar la DeCripto, la IN también se aplica a PJ.
Entrarán en las reglas los proveedores de servicios de criptoactivos que sean residentes en Brasil para fines fiscales; estén constituidos de acuerdo con las leyes en Brasil y tengan personalidad jurídica en el país o estén obligados a presentar declaraciones fiscales relacionadas con los ingresos a la RFB; sean gestionados en Brasil; tengan un local regular de negocios en Brasil; o presten servicios de criptoactivos en Brasil.
También se considera obligado a declarar entidades residentes o domiciliadas en Brasil (no prestadoras de servicios de cripto - PJs comunes), en el caso de operaciones con cripto, aquellas realizadas a través de prestadora de servicios de criptoactivo residente en el exterior; realizadas a través de plataforma descentralizada; o realizadas sin ninguna participación de prestadora de servicios de cripto.
“En resumen, los exchanges declaran automáticamente las operaciones de sus clientes. Las personas físicas y jurídicas solo declaran cuando operan fuera de exchanges brasileñas y superan el límite legal”, explica Cabral.
¿Si no declaro, tengo multa?
En el caso de las personas físicas, la DeCripto deberá ser transmitida a la Receita Federal a través del sistema Coleta Nacional, disponible en el e-CAC, mensualmente, hasta el último día hábil del mes calendario siguiente al que se realizó el conjunto de operaciones realizadas con criptoactivo declarable.
Específicamente en el caso de la PF, las penalizaciones son:
Por la prestación de la información fuera de plazo: 100,00 R$ por mes o fracción
1,5% del valor de la operación, en caso de información omitida, inexacta, incorrecta o incompleta.
Posicionamiento de entidades
La Asociación Brasileña de Criptomonedas (ABcripto), afirma que el cambio representa un paso importante para acercar a Brasil a las mejores prácticas internacionales de regulación y supervisión.
“La actualización de la Receita Federal do Brasil demuestra madurez institucional y compromiso con la construcción de un mercado de criptoactivos más seguro, transparente e integrado a las normas globales”, afirma Bernardo Srur, CEO de ABcripto.
Srur también destaca que la nueva norma responde a una demanda antigua del propio sector por más previsibilidad y estandarización, sin sofocar la innovación.
“La asociación destaca, sin embargo, que la fase de implementación requerirá atención, especialmente en el proceso de adaptación tecnológica y operacional de las empresas – nacionales y extranjeras, que necesitarán adecuarse al nuevo estándar de reporte”, dice.
Para la Asociación Brasileña de Empresas Tokenizadoras de Activos y Blockchain (ABToken), el esfuerzo de la RFB por estructurar un mecanismo más claro y abarcador de recolección de datos es “comprensible” y “cumple un papel relevante al transformar directrices generales en rutinas prácticas”.
Sin embargo, según la entidad, “hay situaciones en las que la regulación supera esta función de mero detalle y pasa a establecer elementos que, por la propia lógica del ordenamiento jurídico, deberían estar previamente fijados en la ley, especialmente cuando involucran la definición de sujetos obligados y la creación de sanciones”, dice.
De acuerdo con la asociación, hay un desajuste entre la ley y la instrucción normativa y, en este momento, surge una preocupación al incluir proveedores de criptomonedas en el extranjero como obligados a DeCripto y definir sanciones, lo que termina creando deberes y sanciones que no están previstos en la ley.
Ver originales
Esta página puede contener contenido de terceros, que se proporciona únicamente con fines informativos (sin garantías ni declaraciones) y no debe considerarse como un respaldo por parte de Gate a las opiniones expresadas ni como asesoramiento financiero o profesional. Consulte el Descargo de responsabilidad para obtener más detalles.
9 me gusta
Recompensa
9
6
Republicar
Compartir
Comentar
0/400
YieldFarmRefugee
· hace3h
¿Qué pasa, vienen nuevas reglas? La agencia tributaria de Brasil se lo está tomando en serio
---
Pagué impuestos y aún así voy a ser multado, ¿quién diseñó esta trampa?
---
El próximo año se va a cambiar, así que hermano, mejor organiza de una vez tus registros de Tenencias
---
Dicen que no van a cambiar la tasa impositiva pero van a aumentar las multas... eso es como un aumento de impuestos encubierto, ¿verdad? Jaja
---
Espera, ¿cómo es exactamente la multa? No lo vi claro
---
Allí en Brasil son tan estrictos, nosotros estamos mucho mejor
---
Otro año con nuevas políticas, ¿cuándo será el final?
Ver originalesResponder0
AirdropHarvester
· hace3h
Ay, esta nueva regulación realmente es una trampa, ¿y yo que pensé que podría pagar menos impuestos, ahora el riesgo es aún mayor?
---
La Agencia Tributaria de Brasil sigue jugando con trucos, ¿declarando un montón de cosas y al final igual terminan multados?
---
¿Las nuevas reglas entran en vigor el próximo año? Genial, ahora tengo que llenar la declaración con mucho cuidado, un descuido y es una multa.
---
Espera, ¿esto significa que la nueva declaración no cambia las tasas de impuestos pero sí la intensidad de las multas? Es un poco absurdo.
---
Los que invierten siguiendo la corriente deben tener cuidado, es mejor aclarar estos nuevos requisitos antes de fin de año, no se dejen atrapar.
Ver originalesResponder0
GasWaster
· hace3h
¡Vaya, ¿nuevas reglas otra vez? La agencia tributaria de Brasil parece querer obligar a todos a pagar impuestos de manera honesta.
Ver originalesResponder0
BakedCatFanboy
· hace3h
¡Vaya, ¿ya vienen nuevas reglas? El impuesto sigue siendo el mismo, solo que ahora es más estricto.
Ver originalesResponder0
GateUser-c799715c
· hace4h
¡Vaya, ¿nuevas reglas? La Agencia Tributaria de Brasil quiere llevarnos a la esquina, aumentando el riesgo de multas pero sin modificar la tasa impositiva, ¿cuál es esa lógica...?
Ver originalesResponder0
ZenZKPlayer
· hace4h
¿Otra vez con trampas? Si las nuevas reglas no cambian la ley fiscal, solo quieren multar más dinero.
Nueva declaración de cripto no cambia la tributación, pero aumenta el riesgo de multas
Fuente: Exame Título original: Nueva declaración de cripto no cambia la tributación, pero aumenta el riesgo de multas Enlace original: Nuevas reglas entrarán en vigor el próximo año para quienes negocian criptomonedas. El pasado viernes, 14, la Receita Federal do Brasil (RFB) publicó una instrucción normativa (IN) que crea la Declaración de Criptoactivos (DeCripto) y modifica las reglas tanto para personas físicas como jurídicas. Hoy, quien compra o vende criptoactivos necesita hacer una declaración mensual a la Receita Federal si las operaciones superan R$ 30 mil en ese período. A partir de julio de 2026, este valor mínimo aumentará a R$ 35 mil.
La norma también clasifica a las corredoras de criptomonedas y otras empresas del sector como Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV). Este es un cambio que entra en vigor más temprano, a partir del 1 de enero. Con la nueva clasificación, las empresas tendrán que implementar procedimientos de prevención de lavado de dinero e identificación de clientes.
Esta estandarización, a su vez, actualiza y sustituye las reglas de 2019, vigentes desde entonces, adoptando el estándar internacional de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), posibilitando el intercambio automático de información entre países.
Tributación
Según Ana Carolina Carpinetti, socia del área tributaria de Pinheiro Neto Advogados, la IN es una estandarización de cómo las instituciones deben recopilar, verificar y enviar información a la Hacienda, incluyendo controles típicos de compliance financiero.
Ella explica que, actualmente, las operaciones con cripto están sujetas únicamente a la declaración obligatoria a la Receita Federal y al pago de IR sobre ganancias de capital superiores a R$ 35 mil mensuales.
“No hay incidencia de IOF, lo que ha abierto espacio para el uso de activos digitales como alternativa a las transferencias tradicionales, sobre todo en pagos internacionales”, dice.
Mientras tanto, el gobierno brasileño está estudiando crear reglas para la cobranza de IOF sobre operaciones con criptoactivos, especialmente stablecoins, después de que el Banco Central indicara, este mes, que parte de estas transacciones podría clasificarse como operación de cambio.
“Sin duda, el hecho de dar visibilidad a operaciones fuera del país y que no eran visibles en Brasil y viceversa, contribuyó a una declaración de ingresos mucho más completa. Reduce el riesgo de omisiones”, complementa.
Personas físicas
A partir del 1 de julio de 2026, las personas físicas tendrán que declarar las transacciones en DeCripto a través de e-CAC. Será el caso de operaciones con cripto realizadas a través de un proveedor de servicios de criptoactivo residente en el extranjero; realizadas a través de una plataforma descentralizada; o realizadas sin ninguna participación de un proveedor de servicios de cripto.
El mínimo a declarar, de R$ 35 mil, se aplica a operaciones aisladas o realizadas conjuntamente. La instrucción normativa también define un conjunto de operaciones que deben ser reportadas, abarcando desde la compra y venta de criptoactivos hasta permutas entre monedas digitales.
También entran airdrops, rendimientos de staking, de minería, préstamos, recepción de cripto como pago por bienes o servicios, transferencias a billeteras propias, pérdidas involuntarias como errores o estafas, además de swaps en DEX, farming, yield y operaciones que involucran distribución primaria, resGate o tokens referenciados en activos.
“Es decir, prácticamente todo lo que ocurre en DeFi o fuera de exchanges locales ahora entra en el radar de la Receita”, explica Gislene Cabral, jefa de Cumplimiento y Riesgos de NovaDAX. Ella también agrega que la definición de “actuar en Brasil” es amplia y debe atraer a varias plataformas extranjeras dentro de la obligación.
Personas jurídicas
Además de la obligación de la PF de presentar la DeCripto, la IN también se aplica a PJ.
Entrarán en las reglas los proveedores de servicios de criptoactivos que sean residentes en Brasil para fines fiscales; estén constituidos de acuerdo con las leyes en Brasil y tengan personalidad jurídica en el país o estén obligados a presentar declaraciones fiscales relacionadas con los ingresos a la RFB; sean gestionados en Brasil; tengan un local regular de negocios en Brasil; o presten servicios de criptoactivos en Brasil.
También se considera obligado a declarar entidades residentes o domiciliadas en Brasil (no prestadoras de servicios de cripto - PJs comunes), en el caso de operaciones con cripto, aquellas realizadas a través de prestadora de servicios de criptoactivo residente en el exterior; realizadas a través de plataforma descentralizada; o realizadas sin ninguna participación de prestadora de servicios de cripto.
“En resumen, los exchanges declaran automáticamente las operaciones de sus clientes. Las personas físicas y jurídicas solo declaran cuando operan fuera de exchanges brasileñas y superan el límite legal”, explica Cabral.
¿Si no declaro, tengo multa?
En el caso de las personas físicas, la DeCripto deberá ser transmitida a la Receita Federal a través del sistema Coleta Nacional, disponible en el e-CAC, mensualmente, hasta el último día hábil del mes calendario siguiente al que se realizó el conjunto de operaciones realizadas con criptoactivo declarable.
Específicamente en el caso de la PF, las penalizaciones son:
Posicionamiento de entidades
La Asociación Brasileña de Criptomonedas (ABcripto), afirma que el cambio representa un paso importante para acercar a Brasil a las mejores prácticas internacionales de regulación y supervisión.
“La actualización de la Receita Federal do Brasil demuestra madurez institucional y compromiso con la construcción de un mercado de criptoactivos más seguro, transparente e integrado a las normas globales”, afirma Bernardo Srur, CEO de ABcripto.
Srur también destaca que la nueva norma responde a una demanda antigua del propio sector por más previsibilidad y estandarización, sin sofocar la innovación.
“La asociación destaca, sin embargo, que la fase de implementación requerirá atención, especialmente en el proceso de adaptación tecnológica y operacional de las empresas – nacionales y extranjeras, que necesitarán adecuarse al nuevo estándar de reporte”, dice.
Para la Asociación Brasileña de Empresas Tokenizadoras de Activos y Blockchain (ABToken), el esfuerzo de la RFB por estructurar un mecanismo más claro y abarcador de recolección de datos es “comprensible” y “cumple un papel relevante al transformar directrices generales en rutinas prácticas”.
Sin embargo, según la entidad, “hay situaciones en las que la regulación supera esta función de mero detalle y pasa a establecer elementos que, por la propia lógica del ordenamiento jurídico, deberían estar previamente fijados en la ley, especialmente cuando involucran la definición de sujetos obligados y la creación de sanciones”, dice.
De acuerdo con la asociación, hay un desajuste entre la ley y la instrucción normativa y, en este momento, surge una preocupación al incluir proveedores de criptomonedas en el extranjero como obligados a DeCripto y definir sanciones, lo que termina creando deberes y sanciones que no están previstos en la ley.